El Camino de la Paz

Según los antiguos textos védicos, uno sabe si está viviendo en el camino de la paz cuando tres elementos están presentes:

1.- Seva: Nuestras acciones a nadie hacen daño y a todos benefician.
2.- Simran: Recordamos nuestra verdadera naturaleza y nuestro propósito para estar aquí.
3.- Satsang: Pertenecemos a la comunidad de paz y sabiduría.

Deepak Chopra.


No existe un camino hacia la paz. La paz es el camino.

Mahatma Gandhi

sábado, 23 de enero de 2016

FAPUV. LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)

FAPUV
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE VENEZUELA
APUCV APULA APUZ APUCLA APUDO APUSB APUC APUNET APUNELLEZ APUNESR
APAUNA APUNELLARG APUNEFM APUNERMB APUNEG APROUPEL APUNEXPO APUNESUR

"LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA
INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
La Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) saluda la apertura del diálogo en la Asamblea Nacional con los distintos sectores universitarios, hecho de especial significación si recordamos que, a escasas semanas de cesar en sus funciones, la Asamblea anterior sorprendió al país con un acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo), el cual fue publicado en la prensa nacional y presentado en la reunión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Ginebra a finales del año pasado. Esperamos que con el debate que se inicia sobre la situación de nuestras Universidades, el acuerdo anti-universitario de la Asamblea Nacional anterior sea desechado y se reivindique la autonomía universitaria y la justa lucha social de nuestro gremio."

Para leer el documento completo ir al siguiente Link: LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)

Sobre "...acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo)...". Ver el histórico referencia: REFERÉNDUM CONSULTIVO DE CARÁCTER VINCULANTE. FAPUV-APUC:  http://comisionelectoralapuc2015.blogspot.com/

Intervención del Dip. Miguel Pizarro en debate sobre Universidades - 14.01.16


lunes, 4 de enero de 2016

La Constitución como herramienta para la comprensión del momento político #Convivencia

Caso:  Asamblea Nacional 5 Enero 2016.

La Constitución (CRBV) es el punto de partida para la convivencia: 

Artículo 7 Constitucional: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 3 Constitucional: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Respecto al caso Asamblea Nacional 5 Enero 2016 se debe tomar en cuenta: 


Qué establece la Constitución?: 

Artículo 219 CRBV. El primer período de las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional comenzará, sin convocatoria previa, el cinco de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el quince de agosto.
El segundo período comenzará el quince de septiembre o el día posterior más inmediato posible y terminará el quince de diciembre.

Contenido y alcance constitucional de la inmunidad parlamentaria: 

Artículo 200 CRBV. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.
Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.

Responsabilidad constitucional e INEXCUSABLE de los funcionarios públicos: 

Artículo 25 CRBV. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.

Es deber de la FAN obedecer la voluntad popular y la Constitución: 

Artículo 328 CRBV. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.

A quién se le atribuye la voluntad popular?. Quién es el soberano?. 

Artículo 5 CRBV. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.


Cuál es nuestro DERECHO-DEBER CIUDADANO?.  

Finalmente, tengamos presentes que conforme se establece en el artículo 333 CRBV. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. 
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.


Conclusión: Ningún funcionario público (eso incluye a TSJ y FAN) puede impedir x orden o ejecución el ingreso de diputados proclamados al acto d instalación AN el 5E protegidos x inmunidad parlamentaria. Ver 25/200/328 CRBV. Es la excepción constitucional. FAN debe obedecer CRBV. Todo ciudadano venezolano lo demanda en ejecución directa de la Constitución y particularmente de los artículos 5/7/333.

Escribiendo, explicando y alertando a la población estamos activando mecanismos constitucionales pacíficos, que existen para protegerla, para resguardar los derechos de las personas, la tradición republicana y los valores democráticos de la nación. Es nuestro deber.- 

Nota rápida respecto a los días hábiles y de despacho TSJ/SE: El criterio de la Sala Electoral es días hábiles, por ley, por doctrina y por su propia jurisprudencia, esto es porque el tema electoral es de orden público y es declarado de urgencia, similar al amparo, esto también contempla la sentencia 1264 de la sala constitucional de fecha 2 /6/ 2002. Hay q considerar q el fin de la sala es garantizar los derechos políticos, no suspenderlos, este es el núcleo del asunto. Modestamente considero q su error garrafal fue no atender el texto del artículo 200 de la Constitución, referente a la institución de la inmunidad parlamentaria, lo que hace inejecutable por inconstitucional su decisión cautelar (error inexcusable). Hay que tener presente q los diputados no impugnados (q son significativamente más que los "inconstitucionalmente suspendidos" ahora cuentan con una proclamación con carácter definitivamente firme, eso es muuuuuy importante (LOS DÍAS HÁBILES para impugnar ya pasaron, en consecuencia, a estas alturas toda impugnación es extemporánea, ha caducado y es inadmisible). Habemus Constitución!. La FAN DEBE garantizar la instalación pacífica ‪#‎5E‬ de la Asamblea Nacional electa por el SOBERANO y obedecer su VOLUNTAD SOBERANA y la Constitución ‪#‎Autodeterminación‬ ‪#‎Autonomía‬ (y punto). Las elucubraciones jurídicas no pueden distraer el momento político q vivimos. Habemus SOBERANO!.

Documentos históricos en defensa de la Constitución. #Diciembre2015Enero2016


Artículo 5 CRBV . La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 7 CRBV. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.

Artículo 333 CRBV. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.


COMUNICADO DEL GRUPO DE PROFESORES DE DERECHO PÚBLICO VENEZOLANO ANTE LA INCONSTITUCIONAL DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA POR LA SALIENTE ASAMBLEA NACIONAL

Texto completo de la denuncia presentada ante el MP contra Maduro y Cabello x rebelión civil



Hay poemas que inspiran porque transcienden el tiempo y el espacio. El poema que inspiró a Nelson Mandela fue escrito para inspirar a la humanidad.



“Invictus”
WILLIAM ERNEST HENLEY 
1849-1903

Más allá de la noche que me cubre
negra como el abismo insondable,
doy gracias a los dioses que pudieran existir
por mi alma invicta.
En las azarosas garras de las circunstancias
nunca me he lamentado ni he pestañeado.
Sometido a los golpes del destino
mi cabeza está ensangrentada, pero erguida.
Más allá de este lugar de cólera y lágrimas
donde yace el horror de la sombra,
la amenaza de los años
me encuentra, y me encontrará, sin miedo.
No importa cuán estrecho sea el portal,
cuán cargada de castigos la sentencia,
soy el amo de mi destino:
soy el capitán de mi alma.




viernes, 24 de julio de 2015

CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL

Notificación: Se ha verificado el reclamo de la Br. HERNANDEZ F KATHERINE K titular de la cédula de identidad 26.186.356 quien cursa mi asignatura en la sección 07. Y es procedente.


Las correcciones se describen en la siguiente tabla:

                     Lapso 1 Lapso 2 Lapso 3 Definitiva
Consignada      19         10         10           13
Corrección        19         20         20           20

miércoles, 10 de junio de 2015

CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL

Notificación: Se ha verificado el reclamo de la Br. CALDERA B ITALY A titular de la cédula de identidad 23.436.053 quien cursa mi asignatura en la sección 84. Y es procedente.
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
                Lapso 1  Lapso 2 Lapso 3 Definitiva
Consignada     20           17          14              17
Corrección      20           17          19              19

jueves, 4 de junio de 2015

domingo, 31 de mayo de 2015

Extensión para EVALUACIÓN pendiente 107,102,182 Y 182

Cumplo con informar a mis alumnos que el Plan de Evaluación y Cronograma de Actividades que corresponde a la materia Principio de Derecho Público se extendió para culminar en las siguientes fechas: 02, 03/06/2015; con clases magistrales y evaluaciones pendiente (ER), en su respectivo horario de clase,  motivo por el cual les exhorto a cumplir con su asistencia (grupos A y B de forma simultánea). 
Quienes se encuentren rezagados con la evaluación también pueden utilizar esa oportunidad.

Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.-

lunes, 18 de mayo de 2015

Notificación: 107,102,182 y 184.

Cumplo con informar a mis alumnos que el Plan de Evaluación y Cronograma de Actividades que corresponde a la materia Principio de Derecho Público culmina en las siguientes fechas: 19, 20, 26 y 27/05/20015; con clases magistrales, en su respectivo horario de clase,  motivo por el cual les exhorto a cumplir con su asistencia (grupos A y B de forma simultánea). 
Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.- 

Resultados reclamo del Br. MARIN C ALFREDO J

Notificación: Se ha verificado el reclamo del Br. MARIN C ALFREDO J titular de la cédula de identidad 13.663.079 quien cursa mi asignatura en la sección 84. Y es procedente.
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
Lapso 1 Consignada 00. Corrección 10

lunes, 13 de abril de 2015

ACTIVIDAD DE SEMANA lunes 13 al viernes 17/ABRIL/2015:

ACTIVIDAD DE SEMANA lunes 13 al viernes 17/ABRIL/2015: 

Prueba abierta publicada en blog, valor 50% de nota 2do lapso, de naturaleza individual y escrita (máximo 1 hoja de examen), con entrega+defensa oral fijada para el 21/28-22/29/ABRIL/2015 (Grupos “A” y “B”), según corresponda al horario de clase de la sección respectiva. Existen 8 lecturas recomendadas a continuación, cada grupo “A” y “B” debe asistir con su respectivo material de apoyo, las lecturas serán defendidas al azar (a elección de la profesora), de forma grupal (máximo 3 personas).

Estos temas los hemos visto en clase, pero a manera de repaso y consolidación del conocimiento aplicaremos a manera de práctica lo siguiente:
La Soberanía. Proyección de la Soberanía. La Soberanía en Venezuela. Teorías acerca de la Soberanía. El Poder Constituyente. Sujeto del Poder Constituyente en Venezuela. Poder Constituyente Normal y Revolucionario. Constituciones rígidas y constituciones flexibles. Poder de reforma de la constitución, diferencias con el Poder Constituyente. El Referéndum Constitucional en Venezuela. Simples normas constitucionales y principios constitucionales. Supremacía constitucional. Pirámide jurídica de Kelsen. La separación de los poderes. La separación de los poderes en Venezuela. División del poder público en Venezuela. Teoría de la representación y teoría orgánica. Definición de órgano estatal, titular del órgano, función del órgano, competencia del órgano. Poder Legislativo Nacional. Diferencias entre el Poder Legislativo Nacional y el Estadal. Ley Formal y Ley Material. La Delegación Legislativa en Venezuela. Poder Ejecutivo Nacional. Jefatura de Estado y Jefatura de Gobierno. La Asamblea Nacional y el Gobierno. Poder Judicial. El Tribunal Supremo de Justicia. Tribunales, clasificación. Colaboración de los Poderes del Estado en la creación del Orden Legal. Poder Ciudadano y Poder Electoral.

Sobre la Prueba: Elabore un gráfico que muestre la estructura de poder (entes y órganos) en Venezuela. Indique la base constitucional en cada caso. Prepárese para argumentar:

ü  Aspecto territorial de la soberanía. Proyección interior. Conexión entre el poder constituyente y el poder constituido. Leer, analizar, comprender, explicar: Ley EEUU 2014/ Orden Ejecutiva Obama2015/Ley Habilitante2015.
ü  Límites del poder constituyente y del poder constituido: territorial, competencial, principios constitucionales que funcionan como limites al ejercicio del poder.
ü  Se supone la aplicación mixta o singular de las teorías acerca de la soberanía en la Constitución venezolana?.
ü  Se puede concluir que la constitución venezolana es una constitución flexible?.

MATERIAL DE APOYO EN (pulsar el link para abrir el documento):

Primero)          “MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE CONTROL DEL PODER PÚBLICO.” María A. Bonnemaison. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1Nc2Z4T2FlT2JFRVU/edit
Segundo)       El Principio de la separación de los poderes y su valor actual en Iberoamérica. Cesar Quintero. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NV0FLVEYtZnZ5UE0/edit
Tercero)          Proyecciones de la separación de poderes en el Estado contemporáneo. José L Cea E. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1Nc25DM1dOd21mZVE/edit
Cuarto)             El principio de separación de poderes en el sistema político británico: la reforma de la cámara de los lores. Carlos De Cueto Nogueras. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NN2ZqZk43NE8wbFE/edit
Quinto)             Diseño constitucional y separación de poderes en América latina. Gabriell L Negretto. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NdlJYNlRKRXZiQ28/edit
Sexto)               La Constitución de 1999 y la reforma política: Implicaciones para la gobernabilidad democrática. Ricardo Combellas. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NUUNwbllwa0JpWFk/edit
Séptimo)         El Principio de Supremacía Constitucional Frente a la Administración Pública. Miguel A. Castillo S. https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NT3pBbGo2UUNvOWs/view?usp=sharing
Octavo)            200 años de Justicia Constitucional. Cesar Landa. Caso: Marbury Vs Madinson. https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NTjV6bnJfOFIwdDA/view?usp=sharing

jueves, 12 de marzo de 2015

NOTAS 1er LAPSO 107, 102, 1N82,1N84

Para ver las notas pulsar aquí:  107

Para ver las notas pulsar aquí: 102

Para ver las notas pulsar aquí: 1N82

Para ver las notas pulsar aquí: 1N84


Las notas se encuentran disponibles en: http://fcjp.uc.edu.ve/new_site/



viernes, 6 de marzo de 2015

#UNIVE #UC EXPONE,SOLICITA Y NOTIFICA: Por/Para #Salarios Dignos #CondicionesDeTrabajoDignas #EducaciónDeCalidad

Nuestra referencia #UNIVE #Venezuela son grandes almas, hombres y mujeres que han creído en la dignidad humana y han dedicado su vida a ello. 

La Universidad venezolana tiene ejemplos que  inspiran y alientan a la búsqueda y construcción solidaria de un mundo humano y armonioso, de hecho, su espacio pleno de oportunidades de creación y esperanza que "nunca, nunca y nunca" pone fe en la violencia. 

Un mundo de Seres Humanos realizados y felices. 

Sin desistir ni renunciar a los derechos que atañen a la naturaleza humana, #YoSoyLuz, ello nos indica pensar y actuar de forma diferente. 

El amor, la paciencia y la constancia son nuestros aliados.

Ser humano que representa amor, servicio y trabajo, nos auto-referencia: 
"Es ya el tiempo
de que todos los que te amamos,
así como a nuestro pueblo,
 hagamos un esfuerzo conjunto
para eliminar la pobreza
y la falta de una educación esmerada
basada en la libertad y autonomía,
como seres humanos que deben ser formados para gozar de una solidaridad profunda
y de un amor hacia ti y tu naturaleza
y por nuestro Dios,
a fin de que sea erradicada la violencia reemplazada por un amor sin fronteras, antídoto del odio,
de la envidia y de la mezquindad." [1]

Jacinto Convit
 [1] Diario Ultimas Noticias, Caracas, Venezuela, Año 66 No. 26521: 47, 2007.

Por creer en la dignidad humana no podemos cerrar los ojos o mirar a otro lado, tapar-nos los oídos, cercenar los sentidos ni callar. Le habla-mos a nuestra propia casa, pedimos restablecer unidos la dignidad de los trabajadores universitarios y de nuestra amada Alma Mater. 

Empieza por nuestra propia casa, como se explica:

"Profesora:
Jessy Divo de Romero
Rectora Presidente
Y demás integrantes del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo
Su despacho.-
En original para procesar: Unidad de Atención Médica Integral (salud ocupacional) de la Universidad de Carabobo.
Para su conocimiento y cooperación: Consejo General de Postgrado de la Universidad de Carabobo.
Para su conocimiento y cooperación: Consejo de Postgrado. Facultad de Ciencias de la Salud. Universidad de Carabobo.
Para su conocimiento y cooperación: Consejo de Facultad. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad de Carabobo.
Profesor:
Jesús Villareal
Presidente
Y demás integrantes de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC)
Su despacho.-
Para su cooperación: Auditoría Académica de la Universidad de Carabobo.
De mi más alta estima, respeto y consideración:

Yo, Yelitza T. Barreto F, venezolana, mayor de edad, abogada, soltera, titular de la cédula de identidad N° 10.225.214, domiciliada en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo; en mi carácter de Personal Docente y de Investigación de la primigenia Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Carabobo, investigadora adscrita al Centro de Estudios Políticos y Administrativos de esta Universidad e integrante de la Comisión de Postgrado: Maestría en Ciencia Política y Administración Pública. Ocurro con el mayor respeto y consideración, ante su competente autoridad, a los fines de EXPONER, SOLICITAR Y NOTIFICAR: 1) Interpretación y/o Definición del Alcance o Inteligencia de los Asuntos Aquí Expuestos; 2) Sobre Medidas que Asumo Personalmente, para Restablecer Progresivamente las Condiciones de Trabajo que Garantizan la Vigencia de los Derechos Humanos Involucrados; 3) Sobre el Disfrute Pacífico y Eficiente de Derechos Como Personal Docente y de Investigación de la Universidad Autónoma Venezolana. Todo ello, invocando el Derecho-Garantía de Petición consagrado en el Artículo 51 Constitucional, apoyada en lo establecido en los artículos 109 y 333 de la Constitución de la República; en concordancia, con lo dispuesto en los artículos 322 del ESTATUTO DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO y 158 del REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO. Con motivo de las circunstancias abusivas y gravosas en las que se encuentra la planta profesoral y de investigación a la que pertenezco, en niveles de supervivencia –desde 2007, como aquí queda evidenciado-, que rayan en un auténtico atentado a la dignidad humana, ergo, a la dignidad de nuestra amada Alma Mater; así mismo, como consecuencia de actuaciones de la Auditoría Interna de la Universidad de Carabobo que en aplicación de “criterios opresivos”, carentes de lógica y de compasión; ha hecho intensamente penosa nuestra situación, dejando ver la injustificada e inmerecida “era de violencia psicológica”, que bien puede entenderse como “acoso laboral[1]”, en los siguientes términos:" (si usted desea leer el documento completo: pulsar aquí)





[1] Artículo 164 Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (2012). Artículo 56 Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2005). Artículos 15 y 40,  Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)

lunes, 2 de febrero de 2015

NOTIFICACIÓN DE SUSPENSIÓN DE CLASES 102 Y 1N84

Estimados estudiantes, por motivos vitales a la ejecución de un programa/proyecto universitario QUEDAN SUSPENDIDAS las clases correspondientes al día: martes 03 de febrero 2015. ÚNICAMENETE LAS SECCIONES 102 Y 1N84.

La actividad pendiente para algunas personas (defensa oral y ER) se transfiere automáticamente a la próxima semana de clase (martes 10 de febrero 2015), según establece el Plan Académico.


NOTA: Para recuperar este tiempo les he colgado en el blog las instrucciones sobre EVALUACIÓN 50% QUE CORRESPONDE AL 2DO LAPSO, así van adelantando la investigación. 

EVALUACIÓN 50% QUE CORRESPONDE AL 2DO LAPSO:

TEMA: SOBERANÍA/TERRITORIO-PODER

ANÁLISIS CRÍTICO DE LA SOBERANÍA A PARTIR DEL TERRITORIO-PODER. LA ÓPTICA DEL TERCER MILENIO
MATERIAL DE APOYO RECOPILACIÓN YTBF

DOCTRINA

Pensamiento de Thomas Hobbes.

Thomas Hobbes y el Estado absoluto: del Estado de razón al Estado de terror. Autor: Juan David Ramírez Echeverri (2010). En siguiente Link. https://drive.google.com/?urp=https://www.google.co.ve/_/chrome/newtab?espv%3D2%26ie&authuser=0#search/hobbes

Pensamiento de JJ Rousseau.En siguiente Link.  


BIBLIOGRAFÍA

DE WESTFALIA A POST-WESTFALIA. HACIA UN NUEVO ORDEN INTERNACIONAL. Bremer, Juan José. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=3366

El problema de la soberanía: Su historia ante el siglo XXI. II coloquio de historia y sociedad. Soberanía: Aproximación histórica a un concepto medieval. Corina Yoris.Villasana. UCAB. 2007. Material de apoyo en clases

Soberanía Hipocresía Organizada. Stephen D. Krasner. 2001. Material de apoyo en clases

ü  TE INVITO A EXPLORAR.


ü  TE INVITO A REVISAR DOCUMENTOS.

LEY DE CONMUTACION DE PENAS POR INDULTO O EXTRAÑAMIENTO DEL TERRITORIO NACIONAL. Caracas, martes 15 de diciembre de 1964 G.O.Número 27.619. http://docs.venezuela.justia.com/federales/leyes/ley-de-conmutacion-de-penas-por-indulto-o-extranamiento-del-territorio-nacional.pdf

 

ü  TE INVITO A CONOCER ARTÍCULOS DE OPINIÓN.


Sobre el FENÓMENO DE HECHO de la Pena de extrañamiento. Juan Carlos Sainz Borgo. 2011. http://juancarlossainzborgo.blogspot.com/2011/11/pena-de-extranamiento.html



Vigencia de la Paz de Westfalia. Por Armando Alonso Piñeiro. LA NACION. http://www.lanacion.com.ar/441526-vigencia-de-la-paz-de-westfalia

REGLAS DEL JUEGO:

1)    Exposición por equipo.

2)    Máximo 10 personas/ Mínimo 5

3)    Tiempo de exposición 20 minutos por equipo.

4)    Debe presentarse en la semana que corresponde al 10/11 de marzo 2015 la organización del equipo y enfoque de la exposición, según plan de evaluación.

5)    No se hacen excepciones de forma (igualdad), tiempo y/o cualidad.

6)    Los expositores deben prepararse integralmente y manejar respuestas para las siguientes preguntas referenciales:

·         A partir del derecho reconocido y garantizado en el artículo 50 de la Constitución vigente analice comparativamente las Constituciones 1953 y 1961. Considere y comente la evolución del derecho in comento hasta la Constitución 1999/2009. Indique cuáles situaciones de hecho pueden hacer nugatorio el disfrute pacifico de ese derecho fundamental.

·         Sobre la Revolución Gloriosa. Identifique y explique su principal aporte político y jurídico a la Revolución Francesa.

·         Pensamiento e influencia de la Revolución Francesa en América. Presente documentos históricos y haga referencias precisas en cuanto a los DDHH (mínimo 1 ejemplo).

·         Existen diferencias sustanciales entre el pensamiento de Hobbes y Rousseau?. De existir, cuáles?

·         Aportes del Tratado de Westfalia a la noción de soberanía y su aplicación actual. Existe una posición post-Westfalia?. Posición de la Constitución Venezolana?. Existe una agenda supranacional?. De existir, cuál es el primer punto de esa agenda?

PLAN DE EVALUACIÓN 2014-2015 2do Lapso



  • PLAN DE EVALUACIÓN 2014-2015 2do Lapso 107, 102, 1N84 en el siguiente link:


https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NRF9penpDeVpiRHM/view?usp=sharing


  • PLAN DE EVALUACIÓN 2014-2015 2do Lapso 1N82 en el siguiente link:

https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NSDNnNE5XYll4dGc/view?usp=sharing

lunes, 12 de enero de 2015

Actividades semana 13-14 al 20-21/01/2015: 107, 102, 1N02/82 y 1N04/84.




Leviatán. Thomas Hobbes.







Juan Lovera (1776 - 1841). “Cuadro de la resolución acaecida el 19 de abril de 1810 en la ciudad de Santiago de León de Caracas ahora capital de la República de Venezuela. El Tumulto se efectuó entre el frontispicio de la Iglesia Catedral y la balaustrada de la plaza hacia el Oriente. Los personajes inmediatos al Capitán General son ilustres cabildantes que le precisaron a pasar a la Sala Consistorial donde quedó sellada la Gloriosa revolución que ha dado independencia y libertad a casi todo el nuevo mundo”.


El párrafo anterior es la inscripción que tiene la obra 19 de abril de 1810 pintada por el artista venezolano Juan Lovera y se encuentra en el Museo del Consejo Municipal de Caracas.




Martín Tovar y Tovar (1827 - 1902) - Boceto para la Fima del Acta de Independencia. 1876-77. Oleo sobre Tela 45,2 x 66,5 cm. Colección de la Galería de Arte Nacional. Caracas - Venezuela.

ACTIVIDAD 13-14/01/2015: Prueba abierta publicada en blog, valor 50% de nota 1er lapso, de naturaleza individual y escrita (máximo 1 hoja de examen), con defensa oral fijada para el 20-21/01/2015, según corresponda al horario de clase de la sección respectiva.

1.            Identifique en el material de apoyo los postulados centrales que caracterizan al Estado moderno en sus tipos 1) Monárquico-absolutista 2) Liberal-burgués. Aspectos orientadores para analizar, comprender y desarrollar la capacidad de razonamiento en torno al tema:
  • Jurídicos
  • Históricos
  • Políticos
  • Religiosos
  • Culturales
  • Tecnológicos
  • Económicos
  • Sociales
  • Estéticos
2.            Principales corrientes de pensamiento en torno al Estado moderno en sus tipos 1) Monárquico-absolutista 2) Liberal-burgués.
3.            Analizar de forma holística el proceso habilitante ejecutado en Venezuela a partir del año 1999 al 2014 (ambos inclusive).
  • Organice los decretos-ley objeto de estudio por período (1999-2014), materia, y fines; conectándolos entre sí e identificándolos con los fines del Estado venezolano según la Constitución vigente de la República.
  • Fórmese un criterio a partir de los postulados centrales que caracterizan al Estado moderno en sus tipos.
  • Diferencie en el paquete de leyes habilitantes, según el pensamiento en torno al Estado moderno en sus tipos.
  • Elabore su lista de aportes al proceso de constitucionalización (333 CRBV) a partir del objeto de estudio.
BIBLIOGRAFÍA

INSTRUMENTOS JURÍDICOS
  •       Constituciones de Venezuela desde la declaración de la independencia.
  •       Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  •       Ley Habilitante 2013: LH Gaceta Ordinaria 40.297, 19 NOV 2013/ LH Gaceta Extraordinaria 6112, 19 NOV 2013.
  •       Gacetas N° 40.543 y 40.544, 18 y 19 de noviembre 2014, respectivamente/ Decretos-ley publicados en Gacetas Extraordinarias N° 6.148, 6.149, 6.150, 6.151, 6.152, 6.153, 6.154, 6.155 y 6.156:
                   Gacetas Extraordinaria N° 6.148 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
Gacetas Extraordinaria N° 6.149 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.150 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.151 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
·      Ley Antimonopolio.
Gaceta Extraordinaria N° 6.152 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.153 (fecha martes 18 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.154 (fecha miércoles 19 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.155 (fecha miércoles 19 de noviembre de 2014)
Gaceta Extraordinaria N° 6.156 (fecha miércoles 19 de noviembre de 2014)


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“Mi único crimen fue decir la verdad a los pueblos como a los reyes; no la verdad moral, sino la verdad política; no la verdad como debería ser, sino como es, como será siempre. No soy yo el fundador de la doctrina cuya paternidad me atribuyen; es el corazón del hombre….”
Maquiavelo


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