PULSAR EN LOS RESPECTIVOS LINK:
1ER LAPSO 1-07
PRELIMINAR 2DO LAPSO 1-07
1ER LAPSO 1-02
PRELIMINAR 1ER LAPSO 1-82
PRELIMINAR 1ER LAPSO 1 84
Páginas
UNIVERSIDAD DE CARABOBO
El Camino de la Paz
Según los antiguos textos védicos, uno sabe si está viviendo en el camino de la paz cuando tres elementos están presentes:
1.- Seva: Nuestras acciones a nadie hacen daño y a todos benefician.
2.- Simran: Recordamos nuestra verdadera naturaleza y nuestro propósito para estar aquí.
No existe un camino hacia la paz. La paz es el camino.
1.- Seva: Nuestras acciones a nadie hacen daño y a todos benefician.
2.- Simran: Recordamos nuestra verdadera naturaleza y nuestro propósito para estar aquí.
3.- Satsang: Pertenecemos a la comunidad de paz y sabiduría.
Deepak Chopra.
Deepak Chopra.
No existe un camino hacia la paz. La paz es el camino.
Mahatma Gandhi
sábado, 14 de mayo de 2016
miércoles, 2 de marzo de 2016
Sentencias para leer. Actividad de la Semana 29/febrero-6/marzo
TSJ. Sala Constitucional pronunciamiento respecto de la constitucionalidad del Decreto n.° 2.184, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio Nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de sesenta (60) días, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.214 Extraordinario del 14 de enero de 2016
“Sentencia que interpreta los artículos 136, 222, 223 y 265 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la perspectiva de la pretensión planteada el 17 de febrero de 2016, y desaplica por control difuso de la constitucionalidad los artículos 3, 11, 12 y 21 al 26 de la Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios y Funcionarias Públicos o los y las particulares ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, en lo que respecta a funcionarios ajenos al Ejecutivo Nacional y del artículo 113 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”
“Sentencia que interpreta los artículos 136, 222, 223 y 265 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde la perspectiva de la pretensión planteada el 17 de febrero de 2016, y desaplica por control difuso de la constitucionalidad los artículos 3, 11, 12 y 21 al 26 de la Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios y Funcionarias Públicos o los y las particulares ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones, en lo que respecta a funcionarios ajenos al Ejecutivo Nacional y del artículo 113 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional”
viernes, 29 de enero de 2016
Planeación Académica 107, 102, 1N02/82 y 1N04/84. Período lectivo: 2015-2016
3.- Normas aprobadas por el Consejo Universitario y
vigentes/ Asunto: Evaluación del
Aprendizaje/Consignación y Modificación de Calificaciones. Se dará acceso en
clase. Todo interesado puede reproducirlas.
·
3.1.- Resolución CU-014-1631-2011. NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA LA
CONSIGNACIÓN DE LAS CALIFICACIONES Y DE SU MODIFICACIÓN, SI HUBIERE LUGAR, EN
LA FCJYP DE LA UC.
·
3.2.- Gaceta
Extraordinaria 10-10-2006. NORMAS PARA LA EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES DE
PRE-GRADO DE LA FCJYP DE LA UC.
4.- Bibliografía
recomendada:
NOTA: Siempre es preferible la
última edición.
5.- Plan de Evaluación
2015/2016 Y CRONOGRAMA DE
ACTIVIDADES:
Bienvenida 2015-2016
Mis estimados y valiosos alumnos 107, 102, 1N02-82 y
1N04-84:
La dinámica ha cambiado los tiempos y pareciera un desorden,
no obstante, nunca es tarde para dar a nuestra Universidad centenaria el lugar
que merece...
Son bienvenidos a la magnífica Universidad de
Carabobo, nuestra Alma Mater (madre que nutre), ahora y por siempre.
La
Universidad de Carabobo es una universidad histórica, autónoma y
constitucional. Desde su ingreso son miembros de la Comunidad Universitaria,
tienen derechos, pero también deberes.
El
más sagrado deber de un universitario es valorar, reconocer, honrar y hacer
valer la dignidad de su Alma Mater.
Los
símbolos de nuestra Universidad son hermosos, apréndanlo desde ahora…
ESCUDO
UNIVERSIDAD DE
CARABOBO
De
forma rectangular, estilo "español", con punta en su base inferior.
Compuesto de tres cuarteles; dos cuarteles superiores de igual tamaño y uno
inferior de mayor despliegue.
Uno
de los cuarteles, el izquierdo, presenta las figuras de "La
Anunciación", sobre fondo color
oro, significando "La Fe" y
referido a la palabra "Deus". La Anunciación es la advocación de la
ciudad de Valencia.
El
cuartel derecho, presenta la columna decretada por el Congreso de Cúcuta en
conmemoración de la Batalla de Carabobo; en la columna la inscripción 24 de
junio de 1821. Como fondo a la columna aparece un sol esplendente de rayos
amarillos sobre azul celeste y una pampa en verde; en heráldica el verde o
"sinople" significa "Libertad".
Los
dos cuarteles superiores están divididos del inferior por una franja en negro y
dos fechas en números romanos: MDCCCXCII (1892) fecha de creación por Joaquín
Crespo, y MCMLVIII (1958) fecha de su reapertura, la inferior contiene la
fachada del edificio de la vieja Universidad de Valencia y la que fue la
Facultad de Derecho de la Universidad de Carabobo, fachada diseñada por Lino J.
Revenga; sobre ella, simulando cielo, un espacio de color púrpura,
Heráldicamente el color de sapiencia, sabiduría y cultura.
Las
tres palabras reunidas en una frase, que en "jefe" preside el escudo,
son "Deus, Libertas, Cultura", escritas en Latín sobre fondo negro y
franja; bordeando al escudo están las palabras "Universitas
Carabobensis" o sea Universidad de Carabobo.
BANDERA
UNIVERSIDAD DE CARABOBO
El
escudo reúne así los tres colores oficiales de la Universidad, oro, verde y
púrpura, que están presentes en forma dominante e identificada con las tres
palabras de la frase central.
HIMNO
UNIVERSIDAD DE CARABOBO
Letra: Ernesto Luis Rodríguez
Melodía: Antonio Lauro.
Melodía: Antonio Lauro.
Coro:
Jubiloso a la sombra del canto
defenderte sabrá nuestro honor!
Como escudos: el pecho y el brazo!
Cual banderas: la mente y la voz!
I
Con la luz que de ti recibimos
y el amor a esta tierra inmortal;
Siempre firmes, alegres y unidos
ante Dios te juramos lealtad!
II
A tu amparo se nutre la vida
de moral, de cultura, de fe.
Si del surco levanta la espiga,
de tus aulas aflora el saber!
III
Adelante! nos dice la patria.
Carabobo nos llama a la acción,
y contigo alentamos la marcha
al encuentro de un mundo mejor!
107-102-182-184. Material de apoyo clases semana 25-31/ENE/2016
Material de apoyo clases semana 25-31/ENE/2016, aquí para su lectura y comprensión, algunos de los documentos indispensables para la actividad encomendada en clase. Ustedes deberán ubicar los otros documentos conexos con la misma.
En los siguientes Link:
Estados de Excepción.Geyer
Sentencia E.E. TSJ-SC
DECRETO E.E.E 14/ENERO/2016
ESTADOS DE EXCEPCIÓN
PROPUESTA REFORMA 2007
En los siguientes Link:
Estados de Excepción.Geyer
Sentencia E.E. TSJ-SC
DECRETO E.E.E 14/ENERO/2016
ESTADOS DE EXCEPCIÓN
PROPUESTA REFORMA 2007
#APUC INFORME A LA COMISIÓN DE DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL (25-01-2016) LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA
INFORME A LA COMISIÓN DE DIPUTADOS DE LA ASAMBLEA NACIONAL
(25-01-2016)
LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA
La Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo (APUC) en la oportunidad de hacer entrega de este informe y recibir a miembros de la Comisión de Diputados de la Ilustre Asamblea Nacional, período 2016-2020, nombrados para tratar de manera especial la crisis que afronta el Sector Universitario, saluda esta iniciativa y la apertura del diálogo en el Poder Legislativo con los distintos sectores universitarios, hecho de especial significación si recordamos que, a escasas semanas de cesar en sus funciones, la Asamblea anterior sorprendió al país con un acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo), que recoge el Planteamiento Central Medular de la problemática Universitaria Nacional en sus distintos órdenes, facetas y realidades, el cual fue entregado en fecha 20 de Enero de 2016 en reunión acordada por la Comisión de parlamentarios de la AN designados para tan noble y responsable trabajo. Documento completo: pulsar aquí
lunes, 25 de enero de 2016
#UNIVE PROPUESTA DE LEY AD HOC PARA EMPRENDER...
Brevísimas Reflexiones de una Profesora Universitaria. Reunión con Parlamentarios 25/01/2015. Sede APUC. PROPUESTA DE LEY AD HOC PARA EMPRENDER
LA UNIVERSIDAD PÚBLICA VENEZOLANA DEL III MILENIO
“Alma
Mater de Venezuela,
una
historia de 17 años no se resuelve en 1 día...
requiere
voluntad y sobre todas las cosas exige comprensión, compromiso y amor
incondicional de los actores académicos,
políticos
y sociales.
La
Universidad venezolana fue, es y será Piedra Angular para la nación...”
"Estoy
llegando a casa, luego de participar en el conversatorio con diputados de la
Asamblea Nacional principales y suplentes (Carabobo), con la base profesoral
UC, activos en la defensa de la Universidad venezolana (UniVE), el diálogo fue
promovido por el Prof. Jesús Villareal (APUC) y el Prof. Ricardo Maldonado. Por
esta apertura e iniciativa nuestro agradecimiento. A los diputados, igualmente
agradecemos, por su disposición a escuchar y apoyar #AlmaMater..." Para ver el documento completo pulsar aquí
sábado, 23 de enero de 2016
FAPUV. LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
FAPUV
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE VENEZUELA
APUCV APULA APUZ APUCLA APUDO APUSB APUC APUNET APUNELLEZ APUNESR
APAUNA APUNELLARG APUNEFM APUNERMB APUNEG APROUPEL APUNEXPO APUNESUR
"LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA
INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
La Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) saluda la apertura del diálogo en la Asamblea Nacional con los distintos sectores universitarios, hecho de especial significación si recordamos que, a escasas semanas de cesar en sus funciones, la Asamblea anterior sorprendió al país con un acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo), el cual fue publicado en la prensa nacional y presentado en la reunión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Ginebra a finales del año pasado. Esperamos que con el debate que se inicia sobre la situación de nuestras Universidades, el acuerdo anti-universitario de la Asamblea Nacional anterior sea desechado y se reivindique la autonomía universitaria y la justa lucha social de nuestro gremio."
Para leer el documento completo ir al siguiente Link: LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
Sobre "...acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo)...". Ver el histórico referencia: REFERÉNDUM CONSULTIVO DE CARÁCTER VINCULANTE. FAPUV-APUC: http://comisionelectoralapuc2015.blogspot.com/
Intervención del Dip. Miguel Pizarro en debate sobre Universidades - 14.01.16
FEDERACION DE ASOCIACIONES DE PROFESORES UNIVERSITARIOS DE VENEZUELA
APUCV APULA APUZ APUCLA APUDO APUSB APUC APUNET APUNELLEZ APUNESR
APAUNA APUNELLARG APUNEFM APUNERMB APUNEG APROUPEL APUNEXPO APUNESUR
"LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA
INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
La Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) saluda la apertura del diálogo en la Asamblea Nacional con los distintos sectores universitarios, hecho de especial significación si recordamos que, a escasas semanas de cesar en sus funciones, la Asamblea anterior sorprendió al país con un acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo), el cual fue publicado en la prensa nacional y presentado en la reunión de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Ginebra a finales del año pasado. Esperamos que con el debate que se inicia sobre la situación de nuestras Universidades, el acuerdo anti-universitario de la Asamblea Nacional anterior sea desechado y se reivindique la autonomía universitaria y la justa lucha social de nuestro gremio."
Para leer el documento completo ir al siguiente Link: LA CRISIS UNIVERSITARIA EN VENEZUELA INFORME A LA ASAMBLEA NACIONAL (20-01-2016)
Sobre "...acuerdo lamentable que insultaba a los profesores universitarios e instigaba al Ejecutivo Nacional a intervenir nuestras máximas casas de estudio. Dicho acuerdo fue rechazado en consulta nacional por el 98% del profesorado y fue respondido por nuestra Federación en un documento (anexo)...". Ver el histórico referencia: REFERÉNDUM CONSULTIVO DE CARÁCTER VINCULANTE. FAPUV-APUC: http://comisionelectoralapuc2015.blogspot.com/
Intervención del Dip. Miguel Pizarro en debate sobre Universidades - 14.01.16
lunes, 4 de enero de 2016
La Constitución como herramienta para la comprensión del momento político #Convivencia
Caso: Asamblea Nacional 5 Enero 2016.
La Constitución (CRBV) es el punto de partida para la convivencia:
Artículo 7 Constitucional: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 3 Constitucional: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Respecto al caso Asamblea Nacional 5 Enero 2016 se debe tomar en cuenta:
Qué establece la Constitución?:
Artículo 219 CRBV. El primer período de las sesiones ordinarias de la Asamblea Nacional comenzará, sin convocatoria previa, el cinco de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el quince de agosto.
El segundo período comenzará el quince de septiembre o el día posterior más inmediato posible y terminará el quince de diciembre.
Contenido y alcance constitucional de la inmunidad parlamentaria:
Artículo 200 CRBV. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozarán de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar, previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicará inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.
Los funcionarios públicos o funcionarias públicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas de conformidad con la ley.
Responsabilidad constitucional e INEXCUSABLE de los funcionarios públicos:
Artículo 25 CRBV. Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
Es deber de la FAN obedecer la voluntad popular y la Constitución:
Artículo 328 CRBV. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.
A quién se le atribuye la voluntad popular?. Quién es el soberano?.
Artículo 5 CRBV. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Cuál es nuestro DERECHO-DEBER CIUDADANO?.
Finalmente, tengamos presentes que conforme se establece en el artículo 333 CRBV. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.
Conclusión: Ningún funcionario público (eso incluye a TSJ y FAN) puede impedir x orden o ejecución el ingreso de diputados proclamados al acto d instalación AN el 5E protegidos x inmunidad parlamentaria. Ver 25/200/328 CRBV. Es la excepción constitucional. FAN debe obedecer CRBV. Todo ciudadano venezolano lo demanda en ejecución directa de la Constitución y particularmente de los artículos 5/7/333.
Escribiendo, explicando y alertando a la población estamos activando mecanismos constitucionales pacíficos, que existen para protegerla, para resguardar los derechos de las personas, la tradición republicana y los valores democráticos de la nación. Es nuestro deber.-
Nota rápida respecto a los días hábiles y de despacho TSJ/SE: El criterio de la Sala Electoral es días hábiles, por ley, por doctrina y por su propia jurisprudencia, esto es porque el tema electoral es de orden público y es declarado de urgencia, similar al amparo, esto también contempla la sentencia 1264 de la sala constitucional de fecha 2 /6/ 2002. Hay q considerar q el fin de la sala es garantizar los derechos políticos, no suspenderlos, este es el núcleo del asunto. Modestamente considero q su error garrafal fue no atender el texto del artículo 200 de la Constitución, referente a la institución de la inmunidad parlamentaria, lo que hace inejecutable por inconstitucional su decisión cautelar (error inexcusable). Hay que tener presente q los diputados no impugnados (q son significativamente más que los "inconstitucionalmente suspendidos" ahora cuentan con una proclamación con carácter definitivamente firme, eso es muuuuuy importante (LOS DÍAS HÁBILES para impugnar ya pasaron, en consecuencia, a estas alturas toda impugnación es extemporánea, ha caducado y es inadmisible). Habemus Constitución!. La FAN DEBE garantizar la instalación pacífica #5E de la Asamblea Nacional electa por el SOBERANO y obedecer su VOLUNTAD SOBERANA y la Constitución #Autodeterminación #Autonomía (y punto). Las elucubraciones jurídicas no pueden distraer el momento político q vivimos. Habemus SOBERANO!.
Documentos históricos en defensa de la Constitución. #Diciembre2015Enero2016
Artículo 5 CRBV . La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Artículo 7 CRBV. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 333 CRBV. Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella.
En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.
COMUNICADO DEL GRUPO DE PROFESORES DE DERECHO PÚBLICO VENEZOLANO ANTE LA INCONSTITUCIONAL DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA POR LA SALIENTE ASAMBLEA NACIONAL
Texto completo de la denuncia presentada ante el MP contra Maduro y Cabello x rebelión civil
Hay poemas que inspiran porque transcienden el tiempo y el espacio. El poema que inspiró a Nelson Mandela fue escrito para inspirar a la humanidad.
Más allá de la noche que me cubre
negra como el abismo insondable,
doy gracias a los dioses que pudieran existir
por mi alma invicta.
En las azarosas garras de las circunstancias
nunca me he lamentado ni he pestañeado.
Sometido a los golpes del destino
mi cabeza está ensangrentada, pero erguida.
Más allá de este lugar de cólera y lágrimas
donde yace el horror de la sombra,
la amenaza de los años
me encuentra, y me encontrará, sin miedo.
No importa cuán estrecho sea el portal,
cuán cargada de castigos la sentencia,
soy el amo de mi destino:
soy el capitán de mi alma.
COMUNICADO DEL GRUPO DE PROFESORES DE DERECHO PÚBLICO VENEZOLANO ANTE LA INCONSTITUCIONAL DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA POR LA SALIENTE ASAMBLEA NACIONAL
Texto completo de la denuncia presentada ante el MP contra Maduro y Cabello x rebelión civil
Hay poemas que inspiran porque transcienden el tiempo y el espacio. El poema que inspiró a Nelson Mandela fue escrito para inspirar a la humanidad.
“Invictus”
WILLIAM ERNEST HENLEY
1849-1903
Más allá de la noche que me cubre
negra como el abismo insondable,
doy gracias a los dioses que pudieran existir
por mi alma invicta.
En las azarosas garras de las circunstancias
nunca me he lamentado ni he pestañeado.
Sometido a los golpes del destino
mi cabeza está ensangrentada, pero erguida.
Más allá de este lugar de cólera y lágrimas
donde yace el horror de la sombra,
la amenaza de los años
me encuentra, y me encontrará, sin miedo.
No importa cuán estrecho sea el portal,
cuán cargada de castigos la sentencia,
soy el amo de mi destino:
soy el capitán de mi alma.
viernes, 24 de julio de 2015
CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL
Notificación: Se ha verificado el reclamo de la Br. HERNANDEZ F KATHERINE K titular de la cédula de identidad 26.186.356 quien cursa mi asignatura en la sección 07. Y es procedente.
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
Lapso 1 Lapso 2 Lapso 3 Definitiva
Consignada 19 10 10 13
Corrección 19 20 20 20
miércoles, 10 de junio de 2015
CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL
Notificación: Se ha verificado el reclamo de la Br. CALDERA B ITALY A titular de la cédula de identidad 23.436.053 quien cursa mi asignatura en la sección 84. Y es procedente.
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
Lapso 1 Lapso 2 Lapso 3 Definitiva
Consignada 20 17 14 17
Corrección 20 17 19 19
Consignada 20 17 14 17
Corrección 20 17 19 19
jueves, 4 de junio de 2015
NOTAS FINALES Sección: 107, 102, N182, N184. Período académico 2014-2015.
Para abrir el archivo y chequear su nota en la pre-acta y documento de corrección respectivo pulsar el link:
Link oficial: http://fcjp.uc.edu.ve/
domingo, 31 de mayo de 2015
Extensión para EVALUACIÓN pendiente 107,102,182 Y 182
Cumplo con informar a mis alumnos que
el Plan de Evaluación y Cronograma de Actividades que corresponde a la
materia Principio de Derecho Público se extendió para culminar en las siguientes fechas: 02, 03/06/2015;
con clases magistrales y evaluaciones pendiente (ER), en su respectivo horario de clase, motivo por
el cual les exhorto a cumplir con su asistencia (grupos A y B de forma
simultánea).
Quienes se encuentren rezagados con la evaluación también pueden utilizar esa oportunidad.
Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.-
Quienes se encuentren rezagados con la evaluación también pueden utilizar esa oportunidad.
Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.-
jueves, 21 de mayo de 2015
Semana:18/22-05-2015. Tipos de Estado/Formas de Estado/Formas de Gobierno/Sistema de Gobierno
Nuestra visión del Estado-Nación es un producto de
la modernidad. Alice Peña Maldonado. http://contraloriasocialvenezuela.wordpress.com/2013/01/03/nuestra-vision-del-estado-nacion-es-un-producto-modernista/esquema-sobre-el-estado-moderno/
lunes, 18 de mayo de 2015
Notificación: 107,102,182 y 184.
Cumplo con informar a mis alumnos que el Plan de Evaluación y Cronograma de Actividades que corresponde a la materia Principio de Derecho Público culmina en las siguientes fechas: 19, 20, 26 y 27/05/20015; con clases magistrales, en su respectivo horario de clase, motivo por el cual les exhorto a cumplir con su asistencia (grupos A y B de forma simultánea).
Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.-
Toda interrogante será aclarada en clases, personalmente.
Atentamente.-
Resultados reclamo del Br. MARIN C ALFREDO J
Notificación: Se ha verificado el reclamo del Br. MARIN C ALFREDO J titular de la cédula de identidad 13.663.079 quien cursa mi asignatura en la sección 84. Y es procedente.
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
Lapso 1 Consignada 00. Corrección 10
Las correcciones se describen en la siguiente tabla:
Lapso 1 Consignada 00. Corrección 10
lunes, 13 de abril de 2015
ACTIVIDAD DE SEMANA lunes 13 al viernes 17/ABRIL/2015:
ACTIVIDAD DE SEMANA lunes 13 al viernes 17/ABRIL/2015:
Prueba abierta publicada
en blog, valor 50% de nota 2do lapso, de naturaleza individual y escrita
(máximo 1 hoja de examen), con entrega+defensa oral fijada para el 21/28-22/29/ABRIL/2015
(Grupos “A” y “B”), según corresponda al horario de clase de la sección
respectiva. Existen 8 lecturas recomendadas a continuación, cada grupo “A” y “B”
debe asistir con su respectivo material de apoyo, las lecturas serán defendidas
al azar (a elección de la profesora), de forma grupal (máximo 3 personas).
Estos temas los hemos
visto en clase, pero a manera de repaso y consolidación del conocimiento
aplicaremos a manera de práctica lo siguiente:
La
Soberanía. Proyección de la Soberanía. La Soberanía en Venezuela. Teorías
acerca de la Soberanía. El Poder Constituyente. Sujeto del Poder Constituyente
en Venezuela. Poder Constituyente Normal y Revolucionario. Constituciones
rígidas y constituciones flexibles. Poder de reforma de la constitución,
diferencias con el Poder Constituyente. El Referéndum Constitucional en
Venezuela. Simples normas constitucionales y principios constitucionales.
Supremacía constitucional. Pirámide jurídica de Kelsen. La separación de los
poderes. La separación de los poderes en Venezuela. División del poder público
en Venezuela. Teoría de la representación y teoría orgánica. Definición de
órgano estatal, titular del órgano, función del órgano, competencia del órgano.
Poder Legislativo Nacional. Diferencias entre el Poder Legislativo Nacional y
el Estadal. Ley Formal y Ley Material. La Delegación Legislativa en Venezuela.
Poder Ejecutivo Nacional. Jefatura de Estado y Jefatura de Gobierno. La
Asamblea Nacional y el Gobierno. Poder Judicial. El Tribunal Supremo de
Justicia. Tribunales, clasificación. Colaboración de los Poderes del Estado en
la creación del Orden Legal. Poder Ciudadano y Poder Electoral.
Sobre la Prueba: Elabore
un gráfico que muestre la estructura de poder (entes y órganos) en Venezuela. Indique
la base constitucional en cada caso. Prepárese para argumentar:
ü
Aspecto territorial de la soberanía.
Proyección interior. Conexión entre el poder constituyente y el poder constituido.
Leer, analizar, comprender, explicar: Ley EEUU 2014/ Orden Ejecutiva Obama2015/Ley
Habilitante2015.
ü
Límites del poder constituyente y del
poder constituido: territorial, competencial, principios constitucionales que
funcionan como limites al ejercicio del poder.
ü
Se supone la aplicación mixta o singular
de las teorías acerca de la soberanía en la Constitución venezolana?.
ü
Se puede concluir que la constitución
venezolana es una constitución flexible?.
MATERIAL DE APOYO EN (pulsar
el link para abrir el documento):
Primero)
“MECANISMOS CONSTITUCIONALES DE CONTROL DEL
PODER PÚBLICO.” María A. Bonnemaison. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1Nc2Z4T2FlT2JFRVU/edit
Segundo)
El Principio de la separación de los poderes
y su valor actual en Iberoamérica. Cesar Quintero. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NV0FLVEYtZnZ5UE0/edit
Tercero)
Proyecciones
de la separación de poderes en el Estado contemporáneo. José L Cea E. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1Nc25DM1dOd21mZVE/edit
Cuarto)
El
principio de separación de poderes en el sistema político británico: la reforma
de la cámara de los lores. Carlos De Cueto Nogueras. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NN2ZqZk43NE8wbFE/edit
Quinto)
Diseño
constitucional y separación de poderes en América latina. Gabriell L Negretto. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NdlJYNlRKRXZiQ28/edit
Sexto)
La
Constitución de 1999 y la reforma política: Implicaciones para la
gobernabilidad democrática. Ricardo Combellas. https://docs.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NUUNwbllwa0JpWFk/edit
Séptimo)
El
Principio de Supremacía Constitucional Frente a la Administración Pública.
Miguel A. Castillo S. https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NT3pBbGo2UUNvOWs/view?usp=sharing
Octavo)
200
años de Justicia Constitucional. Cesar Landa. Caso: Marbury Vs Madinson. https://drive.google.com/file/d/0B5VjlDKUUR1NTjV6bnJfOFIwdDA/view?usp=sharing
jueves, 12 de marzo de 2015
NOTAS 1er LAPSO 107, 102, 1N82,1N84
viernes, 6 de marzo de 2015
#UNIVE #UC EXPONE,SOLICITA Y NOTIFICA: Por/Para #Salarios Dignos #CondicionesDeTrabajoDignas #EducaciónDeCalidad
Nuestra referencia #UNIVE #Venezuela son grandes almas, hombres y mujeres que han creído en la dignidad humana y han dedicado su vida a ello.
La Universidad venezolana tiene ejemplos que inspiran y alientan a la búsqueda y construcción solidaria de un mundo humano y armonioso, de hecho, su espacio pleno de oportunidades de creación y esperanza que "nunca, nunca y nunca" pone fe en la violencia.
Un mundo de Seres Humanos realizados y felices.
Sin desistir ni renunciar a los derechos que atañen a la naturaleza humana, #YoSoyLuz, ello nos indica pensar y actuar de forma diferente.
El amor, la paciencia y la constancia son nuestros aliados.
Ser humano que representa amor, servicio y trabajo, nos auto-referencia:
"Es ya el tiempo
de que todos los que te amamos,
así como a nuestro pueblo,
hagamos un esfuerzo conjunto
para eliminar la pobreza
y la falta de una educación esmerada
basada en la libertad y autonomía,
como seres humanos que deben ser formados para gozar de una solidaridad
profunda
y de un amor hacia ti y tu naturaleza
y por nuestro Dios,
a fin de que sea erradicada la violencia reemplazada por un amor sin
fronteras, antídoto del odio,
Jacinto
Convit
Por creer en la dignidad humana no podemos cerrar los ojos o mirar a otro lado, tapar-nos los oídos, cercenar los sentidos ni callar. Le habla-mos a nuestra propia casa, pedimos restablecer unidos la dignidad de los trabajadores universitarios y de nuestra amada Alma Mater.
Empieza por nuestra propia casa, como se explica:
"Profesora:
Jessy
Divo de Romero
Rectora
Presidente
Y
demás integrantes del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo
Su
despacho.-
En
original para procesar:
Unidad de Atención Médica Integral (salud ocupacional) de la Universidad
de Carabobo.
Para
su conocimiento y cooperación: Consejo General de Postgrado de la
Universidad de Carabobo.
Para
su conocimiento y cooperación: Consejo de Postgrado. Facultad de Ciencias de la Salud. Universidad de
Carabobo.
Para
su conocimiento y cooperación: Consejo de Facultad. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad
de Carabobo.
|
Profesor:
Jesús
Villareal
Presidente
Y
demás integrantes de la Asociación de Profesores de la Universidad de Carabobo
(APUC)
Su
despacho.-
Para
su cooperación:
Auditoría Académica de la Universidad de Carabobo.
|
De
mi más alta estima, respeto y consideración:
Yo, Yelitza T. Barreto F, venezolana, mayor
de edad, abogada, soltera, titular de la cédula de identidad N° 10.225.214,
domiciliada en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo; en mi carácter de
Personal Docente y de Investigación de
la primigenia Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de
Carabobo, investigadora adscrita al Centro de Estudios Políticos y
Administrativos de esta Universidad e integrante de la Comisión de Postgrado:
Maestría en Ciencia Política y Administración Pública. Ocurro con el mayor
respeto y consideración, ante su competente autoridad, a los fines de EXPONER,
SOLICITAR Y NOTIFICAR: 1) Interpretación y/o Definición del Alcance o
Inteligencia de los Asuntos Aquí Expuestos; 2) Sobre Medidas que Asumo
Personalmente, para Restablecer Progresivamente las Condiciones de Trabajo que
Garantizan la Vigencia de los Derechos Humanos Involucrados; 3) Sobre el Disfrute
Pacífico y Eficiente de Derechos Como Personal Docente y de Investigación
de la Universidad Autónoma Venezolana. Todo
ello, invocando el Derecho-Garantía de Petición consagrado en el Artículo 51 Constitucional, apoyada en lo establecido en
los artículos 109 y 333 de la Constitución
de la República; en concordancia, con lo dispuesto en los artículos 322 del ESTATUTO DEL PERSONAL DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD
DE CARABOBO y 158 del REGLAMENTO DE LOS ESTUDIOS DE POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD DE CARABOBO. Con
motivo de las circunstancias abusivas y gravosas en las que se encuentra la
planta profesoral y de investigación a la que pertenezco, en niveles de
supervivencia –desde 2007, como aquí queda evidenciado-, que rayan en un
auténtico atentado a la dignidad humana, ergo, a la dignidad de nuestra amada Alma
Mater; así mismo, como consecuencia de actuaciones de la Auditoría Interna de
la Universidad de Carabobo que en aplicación de “criterios opresivos”, carentes
de lógica y de compasión; ha hecho intensamente penosa nuestra situación, dejando
ver la injustificada e inmerecida “era de violencia psicológica”, que bien
puede entenderse como “acoso laboral[1]”,
en los siguientes términos:" (si usted desea leer el documento completo: pulsar aquí)
[1] Artículo
164 Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (2012). Artículo 56
Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo (2005). Artículos 15 y 40, Ley Orgánica
sobre el Derecho de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia (2007)
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Se Advierte:
1.
Publicado en: http://ucfcjypderechopublico.blogspot.com/
2.
Las notas serán
entregadas, revisadas, discutidas y analizadas en la clase inmediata siguiente
a la respectiva evaluación (art. 24, 25, 26 y 27). Todo reclamo deberá hacerse
por escrito.
3.
En caso de quedar suspendida una actividad o de no
ejecutarse, por cualquier causa, se entiende convocada de forma automática para
la siguiente clase, según se indica en el cronograma de actividades.
4.
Las notas son oficiales cuando son consignadas en Control de Estudios de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
5.
Las notas aquí publicadas son a título informativo y cada estudiante
debe revisar su nota y sus datos personales.
6.
Si un estudiante no aparece en la lista o tiene datos errados debe
resolver su situación en Control de Estudios de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas.
7.
Cualquier observación sobre la nota debe hacerse personalmente a la
Profesora.
Gracias.
Publicado en: http://ucfcjypderechopublico.blogspot.com/
2.
Las notas serán
entregadas, revisadas, discutidas y analizadas en la clase inmediata siguiente
a la respectiva evaluación (art. 24, 25, 26 y 27). Todo reclamo deberá hacerse
por escrito.
3.
En caso de quedar suspendida una actividad o de no
ejecutarse, por cualquier causa, se entiende convocada de forma automática para
la siguiente clase, según se indica en el cronograma de actividades.
4.
Las notas son oficiales cuando son consignadas en Control de Estudios de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
5.
Las notas aquí publicadas son a título informativo y cada estudiante
debe revisar su nota y sus datos personales.
6.
Si un estudiante no aparece en la lista o tiene datos errados debe
resolver su situación en Control de Estudios de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas.
7.
Cualquier observación sobre la nota debe hacerse personalmente a la
Profesora.
Gracias.


