El Camino de la Paz

Según los antiguos textos védicos, uno sabe si está viviendo en el camino de la paz cuando tres elementos están presentes:

1.- Seva: Nuestras acciones a nadie hacen daño y a todos benefician.
2.- Simran: Recordamos nuestra verdadera naturaleza y nuestro propósito para estar aquí.
3.- Satsang: Pertenecemos a la comunidad de paz y sabiduría.

Deepak Chopra.


No existe un camino hacia la paz. La paz es el camino.

Mahatma Gandhi

lunes, 26 de junio de 2017

La humanidad es una forma de vida. Es la vida misma, es el alma del derecho.

Manneken Pis vestido como “Preso de paz? pide la liberación de prisioneros. Fuente: http://barcelona.indymedia.org/newswire/display/228156/index.php


Cuando cosas como estas pasan, pienso en el Profesor Santiago Guevara (UC), en los profesores y estudiantes presos, en los venezolanos presos, en los venezolanos que no están tras las rejas, pero se sienten presos, pienso en las familias…
…todos desconocidos, pero, venezolanos, humanos...luego existen!...
Prof. Yelitza Barreto. 26/06/2017

Venezuela. Hoy 26/06/2017. Hace casi 2 meses redacté este escrito, la situación era la siguiente:
“Caso Leopoldo López, situación al 05/05/2017,7:20pm: Incomunicación durante 33 días, según reporta vía audio su esposa Lilian Tintori, encontrándose bajo custodia del Estado, cumpliendo condena (sin entrar a dilucidar si es una condena justa o injusta).”. No publiqué, porque decidí esperar unas horas, fue superada la tensión del momento.
Otra vez, recurrente pesadilla…hoy, 26 de junio de 2017, insisto y me resisto a callar en medio de este marasmo respecto a la vida misma, respecto a la humanidad y nuestras obligaciones hacia nuestros semejantes. Mis alumnos son testigos de mi firmeza por la vida, eso les pedí y pido perseverante. No tengo que conocer a una persona para ponerme en sus zapatos. La humanidad es una forma de vida. Es la vida misma, es el alma del derecho. No cerrar los ojos, ni taparse los oídos, no callar ante la injusticia. No tolerar la injusticia ni el maltrato. Es así, si queremos un país diferente.
Los hechos: 23/06/2017, corre por las RRSS @leopoldolopez un video donde Leopoldo Lopéz grita “…Lilian me están torturando…denuncien…”. Declaración @liliantintori 24/06/2017 “…yo soy su esposa, tengo 20 días sin saber nada de él…” “sus abogados 78 días sin saber nada de él...”
Paso a exponer lo siguiente:
1)           Establece el preámbulo constitucional que la solidaridad es valor superior del ordenamiento jurídico, es también un derecho de la familia (75). Asimismo, deja muy claro la Constitución de la República que la solidaridad, la responsabilidad social y la asistencia humanitaria corresponden a los particulares (135). Ante los hechos, es nuestro deber como ciudadanos venezolanos, corresponder con integridad y ética humana a la defensa de los intereses de la nación (130), además, es incuestionable comprender que es obligatorio defender los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social (132).
2)           Una “fe de vida” no es suficiente para satisfacer la angustia de una familia venezolana y de su círculo de amigos, tampoco, como hemos observado, puede calmar la ansiedad de los seguidores de quien indudablemente, al ser fundador de un partido político, es un líder político (al margen del apoyo o no). Ahora bien, si se desea realmente contribuir a calmar la tensión política bastaría permitir esta visita por parte de sus familiares. Esta es una conclusión lógica y objetiva.
3)           Para ilustrar a mis connacionales, menciono a continuación los derechos fundamentales que deben ser garantizados por el Estado venezolano ( a todos los venezolanos en cautiverio) y que asisten esta petición, que considero humanitaria, por aplicación directa de los artículos 19,22, 23 y 44-2 de la Constitución (es lo que invoca, en mi criterio el restablecimiento de la Constitución #333-350):
a.            El Estado será responsable de la vida de las personas que se encuentren privadas de su libertad (43).
b.            Toda persona detenida, recluida o privada de libertad tiene derecho a (atendiendo a los principios de progresividad y pro homine):
ü    Comunicarse con sus familiares, abogado o abogada o persona de su confianza.
ü    Los familiares, abogado o abogada o persona de su confianza (de la persona recluida) tienen el derecho a ser informados o informadas del lugar donde se encuentra la persona (incluye lugar donde cumple la condena), a ser notificados o notificadas inmediatamente de los motivos de la detención (o motivos del castigo, si se encuentra recluida y si este fuere el caso)
ü    Los familiares, abogado o abogada o persona de su confianza (de la persona recluida) tienen el derecho de dejar constancia escrita en el expediente sobre el estado físico y psíquico de la persona recluida, ya sea por sí mismos o con el auxilio de especialistas.
4)           A los poderes públicos le exige la nación (el pasado, presente y futuro de Venezuela):
·                    Los Derechos Humanos (DDHH) son irrenunciables, indivisibles e interdependientes; el Estado DEBE garantizar a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, su goce y ejercicio (19);
·                    Tanto el aislamiento como la incomunicación son prácticas prohibidas en materia de DDHH, no es posible aceptar, en pleno siglo XXI, medidas disciplinarias crueles, inhumanas y degradantes y en este contexto debe entenderse la negación de contacto con familiares como indefendible. Esta doctrina corresponde al derecho a un tratamiento humanitario y digno, que es exigible por razones de humanidad;
5)           Los venezolanos tenemos derecho de exigir al Presidente de la República, que ordene el cumplimiento irrestricto de este mandato constituyente y soberano (5-7-333), como es su responsabilidad, sin intermediarios, en su rol de Jefe de Estado (226, 236-1) y responsable de la convivencia democrática y de la paz social (132).
(* Todos los artículos citados corresponden a la Constitución)
Juramento de todo funcionario público (incluye al presidente): “…antes de tomar posesión de sus cargos, deberán prestar juramento de cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes de la República y los deberes inherentes al cargo.”. Es el famoso: “jura usted…si lo hiciere que os lo premie…si no que os lo demande”….

Esta es una demanda pública, fundada en la violación flagrante de Derechos Humanos.


Gracias por leer, gracias por divulgar, gracias por aplicar. 

miércoles, 10 de mayo de 2017

Actividad semana: 01-12/05-17. Analisis Gaceta Oficial. 1° de mayo de 2017. N° 6.295 Extraordinario



"La fuerza, a veces opresora, pero más frecuentemente conservadora,de un pequeño número de ciudadanos ha sido relevada por la debilidad de todos"(*)

Pregunta: Puede el presidente CONVOCAR LA ANC?. Es un derecho del presidente?
  1. Por qué SÍ?.
  2. Por qué NO?
Su argumentación es a partir de la materia DDHH, desde una perspectiva jurídica y política. 

"Las leyes de la República francesa pueden y deben, en muchos casos, ser diferentes de las que rigen a los Estados Unidos; pero los principios sobre los cuales las constituciones norteamericanas descansan, esos principios de orden, ponderación de los poderes,libertad verdadera,de
respeto sincero y profundo del derecho, son indispensables a todas las Repúblicas; deben ser comunes a todas, y se puede decir de antemano que donde no se encuentren, la República dejará bien pronto de existir." 
Alexis de Tocqueville (*)

 Material de apoyo:

martes, 9 de mayo de 2017

Sobre LA CONVOCATORIA DE LA ANC MEDIANTE DECRETO PRESIDENCIAL.Cabildo Abierto Municipio Valencia.

LA CONVOCATORIA DE LA ANC MEDIANTE DECRETO PRESIDENCIAL ES INCONSTITUCIONAL, SU PROPÓSITO ES FUNDAR EN TÉRMINOS CONSTITUCIONALES EL “SOCIALISMO BOLIVARIANO DEL SIGLO XXI”; PRIVILEGIANDO EL ESTAMENTO MILITAR EN DETRIMENTO DE LOS DERECHOS CIVILES.
Valencia, 09 de mayo de 2017. Prof. Yelitza Barreto

AGRADECIDA POR LA INVITACIÓN PARA EXPONER CRITERIO SOBRE ACONTECIMIENTOS EN DESARROLLO.
En disposición de aceptar la invitación de otros actores, en todo escenario.
Estamos para servir a la Nación.

Pulsar aquí si quiere ver el documento completo

Mostrando 2017-05-09-PHOTO-00000004.jpg


INFORME DEL EQUIPO DE DIÁLOGO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO CARABOBO.

Nosotros, EDGAR DARÍO NÚÑEZ PINO, MANUEL VICENTE ROMÁN, LEÓN JURADO, GUSTAVO MANZO, LUBIN AGUIRRE, EDGAR NÚÑEZ ALCÁNTARA, ANÍBAL RUEDA, IVÁN PÉREZ RUEDA, YELITZA BARRETO, JOSÉ VALDERRAMA, MARÍA CONCHITA MULINO, VIVIANA PINEDA​, profesionales del derecho y miembros de la cátedras insertas en el derecho público y las ciencias sociales de la Universidad de Carabobo, Universidad Arturo Michelena y Universidad José Antonio Páez; nos hemos reunido con la intención de manifestar nuestra opinión, análisis y sugerencias con respecto a los temas constitucionales, e inevitablemente políticos, planteados en la actualidad venezolana​...

En el siguiente Link:

INFORME DEL EQUIPO DE DIÁLOGO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO CARABOBO.

martes, 25 de abril de 2017

Tema de estudio para la semana 24-28/04/2017.



a ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos

→ Más en: http://dhpedia.wikispaces.com/Declaraci%C3%B3n+de+los+Derechos+del+hombre+y+del+ciudadano
DHpedia, la «wiki» de los derechos humanos

"...la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos..."
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 26 de agosto de 1789
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano 26 de agosto de 1789

→ Más en: http://dhpedia.wikispaces.com/Declaraci%C3%B3n+de+los+Derechos+del+hombre+y+del+ciudadano
DHpedia, la «wiki» de los derechos humanos











Tema de la semana 24-28/04/2017. Preguntas:  

1.  ¿Los derechos humanos son una institución jurídica?.
2. ¿Los derechos humanos deben ser protegidos por un régimen de Derecho?
  • si su respuesta es afirmativa. Reflexione y explique
  • si su respuesta es negativa. Reflexione y explique
 3. "La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Elaborada por representantes de todas las regiones del mundo con diferentes antecedentes jurídicos y culturales, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como un ideal común para todos los pueblos y naciones. La Declaración establece, por primera vez, los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de 500 idiomas." 
  •  Considerando esta experiencia de "los miembros de la familia humana", en cuáles circunstancias el Hombre se ve compelido* al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión?.
  • Por qué el recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión puede ser entendido como aquello que el Hombre no quiere?. Qué es lo que quiere entonces?.

* RAE. compeler. Del lat. compellĕre. 1. tr. Obligar a alguien, con fuerza o por autoridad, a que haga lo que no quiere.



Material de apoyo. Pulse los siguientes link:
DOCUMENTOS
La Declaración de los Derechos del Hombre y Del Ciudadano

La Declaración Universal de Derechos Humanos 

 DOCTRINA
EL TIEMPO DE LOS DERECHOS. Norberto Bobbio, Rafael F. de Asís Roig. Madrid : Sistema, D.L. 1991. http://es.scribd.com/doc/58046936/El-Tiempo-de-Los-Derechos-Norberto-Bobbio-1

 BOBBIO Y LOS DERECHOS HUMANOS. Rafael de Asís Roig. http://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/9293/bobbio_asis_1994.pdf?sequence=1

VIDEOS

LOS MOTIVOS DEL LOBO-RUBÉN DARÍO. https://www.youtube.com/watch?v=O3QaECwlJ5E




REBELIÓN EN LA GRANJA (GEORGE ORWELL). https://www.youtube.com/watch?v=zi-knIfZgHs


Se Advierte:

1.
Publicado en: http://ucfcjypderechopublico.blogspot.com/
2.
Las notas serán
entregadas, revisadas, discutidas y analizadas en la clase inmediata siguiente
a la respectiva evaluación (art. 24, 25, 26 y 27). Todo reclamo deberá hacerse
por escrito.
3.
En caso de quedar suspendida una actividad o de no
ejecutarse, por cualquier causa, se entiende convocada de forma automática para
la siguiente clase, según se indica en el cronograma de actividades.
4.
Las notas son oficiales cuando son consignadas en Control de Estudios de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
5.
Las notas aquí publicadas son a título informativo y cada estudiante
debe revisar su nota y sus datos personales.
6.
Si un estudiante no aparece en la lista o tiene datos errados debe
resolver su situación en Control de Estudios de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas.
7.
Cualquier observación sobre la nota debe hacerse personalmente a la
Profesora.
Gracias.