El Camino de la Paz

Según los antiguos textos védicos, uno sabe si está viviendo en el camino de la paz cuando tres elementos están presentes:

1.- Seva: Nuestras acciones a nadie hacen daño y a todos benefician.
2.- Simran: Recordamos nuestra verdadera naturaleza y nuestro propósito para estar aquí.
3.- Satsang: Pertenecemos a la comunidad de paz y sabiduría.

Deepak Chopra.


No existe un camino hacia la paz. La paz es el camino.

Mahatma Gandhi

jueves, 20 de febrero de 2014

COMUNICADO #ININCO #UNIVE #UCV

COMUNICADO DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA COMUNICACIÓN (ININCO) Y DE LA ESCUELA DE COMUNICACIÓN SOCIAL DE LA UCV

20 de febrero de 2014 a la(s) 8:23
El Instituto de Investigaciones de la Comunicación (ININCO) y la Escuela de Comunicación Social, comunidades científico académicas adscritas a la Facultad de Humanidades y Educación, de la Universidad Central de Venezuela, frente al deplorable estado de la comunicación y la información en Venezuela, que se ha hecho más evidente en la reciente coyuntura de las protestas estudiantiles y civiles acontecidas en este mes de Febrero 2014, expresamos a la comunidad nacional e internacional lo siguiente:


Considerando, que junto con el derecho a la vida, la comunicación es uno de los derechos humanos esenciales, consagrados en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (Francia, 26 de agosto de 1786) así como en la Declaración de los Derechos Humanos (ONU, del 10 de diciembre de 1948).


Considerando, que la comunicación y la información, libre y plural, es un requisito consustancial con los sistemas democráticos, enunciados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.453 Extraordinario de fecha  24 de marzo de 2000) y, que ninguna autoridad ni gobierno alguno puede argumentar seguridad de Estado ni de tutela sobre la ciudadanía para restringirla, cercenarla o manipularla.


Considerando, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en elartículo 337 que el derecho a la información no puede ser suspendido, bajo ningún concepto, ni siquiera en caso de conmoción social o estado de excepción, declaramos que:



1.       En Venezuela, los medios de comunicación públicos bajo la tutela del Estado Venezolano (canales de televisión, circuitos de radiodifusión, prensa de cobertura nacional y regional y propaganda oficial) se encuentran severamente restringidos a la única voz oficial, bajo la doctrina de la hegemonía comunicacional, sin que el resto de los venezolanos, propietarios todos de dichos medios, podamos tener acceso a participar en sus contenidos, especialmente cuando se trata de contenidos de tipo informativo. Esta situación  constituye una grave trasgresióndel art. 58 de la Constitución en todos los medios que administra.



2.       En Venezuela, los organismos públicos y demás poderes violan permanentemente su obligación constitucional de rendir cuentas o demoran exageradamente su publicación; niegan información a la prensa no-oficial, tratan de manera tendenciosa y parcial las noticias y censuran a sus propios periodistas. Toda forma de expresión que proviene de los medios públicos se ha convertido en una inmensa maquinaria de propaganda en la que son frecuentes las campañas negativas contra personalidades y organizaciones civiles, se denigra de la honorabilidad, la presunción de inocencia, se incita a la violencia contra las víctimas y se niega el derecho constitucional a la réplica; instituyendo una violación intolerable de los artículos 60 y 61de la Constitución.



3.       En Venezuela, los medios de comunicación no-gubernamentales sobrellevan una permanente presión por la aplicación arbitraria y excesiva de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (RESORTE) y otras normativas, con multas y procedimientos punitivos que obligan a la autocensura periodística como modo de sobrevivencia de los dueños de dichos medios. La disminución de programas informativos y de opinión en la TV privada son más que evidentes, así como la casi extinción de emisoras de radio donde se escuchen pluralidad de contenidos es abrumadora;  especialmente contenidos disidentes de la propaganda gubernamental. Los medios de comunicación no-gubernamentales que se niegan a someterse a estas exigencias de vocación hegemónica y anti-democrática son llanamente cerrados u obligados a ser vendidos a nuevos propietarios.



4.       En Venezuela, la prensa (diarios y revistas) es también acosada con multas y procesos judiciales, con frecuentes y numerosas agresiones a sus periodistas y reporteros gráficos, pero ahora con la brutal negación de divisas para la importación de papel ha obligado al cierre de muchos periódicos regionales y al borde de la quiebra de los medios impresos nacionales así como a las pequeñas y medianas empresas editoriales.



5.       En Venezuela, las operadoras de TV por suscripción son también presionadas y sin debido proceso;  se les ordena el apagón y posterior bloqueo informativo compulsivo de canales internacionales como ocurrió recientemente con la señal NTN24, que proviene de Colombia. Esto constituye otro grave incumplimiento del artículo 58 de la Constitución.



6.       En Venezuela, el gobierno ha implementado una serie de acciones con tendencias al control de la Internet y Redes Sociales (bloqueo de contenido político relevante, ciberataques contra sitios críticos opositores, control de la infraestructura de telecomunicaciones y manipulación de la información disponible en línea), con características ideológicas y políticas sin que argumente legalmente las razones de tales abusos y violación de los derechos de los usuarios, vulnerando reiterativamente los artículos 57 y 58 de la Constitución. Por lo demás, el sistema político actual en lugar de desarrollar jurídicamente el Habeas Data, incluido en el artículo 28 de la carta magna ligado al desarrollo de las libertades informáticas, emplea progresivamente estas herramientas tecnológicas para la vigilancia totalitaria y el control social.



Por todas estas razones, acordamos denunciar, que los ciudadanos venezolanos nos encontramos en un estado de defección y desinformación. Carecemos actualmente de fuentes confiables,  prestigiosas y reputables, que ofrezcan credibilidad a la información y dependemos cada vez más de las Redes Sociales, lo cual implica riesgos, dado la naturaleza frágil de dichos medios,  particularmente, porque el gobierno tiene el poder de suspender Internet en su condición de prestador en más del 80% del servicio, en manos de la empresa estatal CANTV. En suma,declaramos que la calidad de la comunicación e información libre y democrática en Venezuela se encuentra severamente afectada y en crisis.



En consecuencia, el Instituto de Investigaciones de la Comunicación (ININCO), pionero de los estudios comunicacionales en Venezuela desde hace cuarenta años y la Escuela de Comunicación Social (fundada el 24 de octubre de 1946, la más antigua institución)  formadora de los periodistas venezolanos, referentes académicos de la Universidad Central de Venezuela, la casa que vence la sombraemplazamos al Gobierno Nacional a imponer el pluralismo del derecho a la información y la libertad comunicacional consagrados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y exigimos que el sistema de medios públicos atienda a las funciones de pluralidad que les corresponde por su condición de medios del Estado, es decir de todos los venezolanos y no de alguna parcialidad política en funciones de gobierno.



Por el Instituto de Investigaciones de la Comunicación (ININCO-UCV)


Prof. Carlos Enrique Guzmán Cárdenas - Director del ININCO y Coordinador de la Maestría en Gestión y Políticas Culturales

Prof (a) Morella Alvarado Miquilena - Coordinadora de Especialización en Educación para el uso Creativo de la Televisión

Prof(a) Luisa Torrealba Mesa - Coordinadora de la Maestría en Comunicación Social

Prof. Carlos Eduardo Colina Salazar - Coordinador Departamento de Investigación e Innovación

Prof. (a) Johanna Pérez Daza – Investigadora

Prof. (a) Alexandra Ranzolin de Marius - Investigadora

Prof. Gustavo Hernández Díaz - Miembro del Consejo Técnico y Ex Director

Prof. Bernardino Herrera León - Investigador y Ex Director 

Prof. Antonio Pasquali - Ex Director

Prof. (a) Elizabeth Safar Ganahl  - Ex Directora

Prof. Oscar Lucien Reyes -  Ex Director



Por la Escuela de Comunicación Social de la UCV

 
Prof. Miguel Ángel Latouche - Director

Prof. (a) Mariela Torrealba - Representante del Área de Comunicación Social ante el CEP-FHE

Prof. (a) Moraima Beatriz Guanipa Urdaneta - Jefa del Departamento de Periodismo


                                             Venezuela, Caracas, 18 de Febrero de 2014. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Se Advierte:

1.
Publicado en: http://ucfcjypderechopublico.blogspot.com/
2.
Las notas serán
entregadas, revisadas, discutidas y analizadas en la clase inmediata siguiente
a la respectiva evaluación (art. 24, 25, 26 y 27). Todo reclamo deberá hacerse
por escrito.
3.
En caso de quedar suspendida una actividad o de no
ejecutarse, por cualquier causa, se entiende convocada de forma automática para
la siguiente clase, según se indica en el cronograma de actividades.
4.
Las notas son oficiales cuando son consignadas en Control de Estudios de
la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas.
5.
Las notas aquí publicadas son a título informativo y cada estudiante
debe revisar su nota y sus datos personales.
6.
Si un estudiante no aparece en la lista o tiene datos errados debe
resolver su situación en Control de Estudios de la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Políticas.
7.
Cualquier observación sobre la nota debe hacerse personalmente a la
Profesora.
Gracias.